De conformidad con el Artículo 9 de los Estatutos, ser socio de la SEEC le permitirá:
Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
Participar en las Asambleas con voz y voto.
Ser electores y elegibles para los cargos directivos.
Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
Disfrutar de los bienes, servicios y demás elementos de uso común de la sociedad.
Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
Estar inscrito, si lo desean, en alguno de los Centros de Educación Comparada a los que alude el artículo 8 de estos Estatutos.
Y recibir puntualmente por correo electrónico el Boletín de la Sociedad Española de Educación Comparada y las novedades relativas a la Revista Española de Educación Comparada.
¿CÓMO HACERSE SOCIO O SOCIA?
La solicitud de admisión se puede cursar de
tres maneras diferentes: